miércoles, julio 9, 2025
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Foros temáticos «Alto a la impunidad corporativa»

La publicación “Alto a la Impunidad Corporativa en Ecuador, desarrolla argumentos desde una perspectiva de Derechos Humanos – a través de varios artículos realizados por autores y autoras militantes de organizaciones feministas, ecologistas, de derechos humanos, indígenas y campesinas – que dan cuenta de la necesidad de un Tratado Jurídicamente Vinculante sobre empresas y derechos humanos, como lo estableció la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en 2014.

Dada la diversidad de temáticas abordadas en la publicación y como estrategia para visibilizar las múltiples problemáticas que se conectan con la necesidad de contar con un marco normativo internacional que proteja los derechos y ponga un alto a la impunidad corporativa, las organizaciones que conforman el Grupo del Trabajo por el Tratado Vinculante organizaron cinco foros temáticos en los que se agruparon las diferentes temáticas abordadas en la publicación.

Primer foro: Los derechos de la naturaleza, derechos colectivos y racismo ambiental

Segundo foro: la primacía de los DDHH sobre acuerdos comerciales, situación de defensores y defensoras, el aporte de las feministas en el Tratado Vinculante

Tercer foro: el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuada, el derecho al agua y el uso de agrotóxicos

Cuarto foro: el rol de las élites agrarias, las camaroneras y bananeras

Quinto foro: minería, el petróleo, el retorno a la CIADI y la afectación sobre los derechos humanos.

Para el grupo de trabajo, es relevante poner estos temas sobre la mesa, para motivar al Estado ecuatoriano el cual preside el grupo de trabajo al interior de Naciones Unidas, para retomar las negociaciones a favor del Tratado Vinculante para empresas y DDHH y no se atenué su efecto en los planes nacionales de acción, muy relacionados con la firma de acuerdos comerciales y tratados de libre comercio, que van en detrimento de los Derechos Humanos.

Alerta en Familias campesinas por posibles desalojos debido al  fallo de la Corte Provincial del Guayas que ratifica sentencia que ordena devolver bienes incautados de hermanos Isaías

Este lunes 12 de septiembre de 2022 la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Transito de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, emitió su sentencia que declara sin procedencia el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General del Estado rechazándolo y, en consecuencia, confirma en todas sus partes la sentencia dictada por el juez Jhony Lituma, en mayo 2022, que declara con lugar la vulneración de derechos constitucionales a la reparación, tutela judicial efectiva, debido proceso y propiedad de los accionantes, William y Roberto Isaías Dassum, por parte del Estado ecuatoriano.

Las familias campesinas del predio #LasMercedes (Guayas) exigen al Estado que se adopte medidas que permitan corregir los impactos adversos de la implementación del dictamen del Comité de DDHH-ONU frente al #CasoIsaias, a fin de proteger los derechos campesinos de las familias en posesión de dichos predios por más de una década,  adjudicando las tierras a través del #Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG, aplicando la redistribución de tierras.

Recordemos que la implementación del dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU ha sido utilizada por los hermanos Isaías para iniciar una serie de acciones que han conducido a la violación o amenaza de los derechos consagrados en la Declaración sobre los Derechos de los Campesinos/as y Otras personas que Trabajan en áreas Rurales (UNDROP), así como otros instrumentos internacionales de los cuales Ecuador es signatario.

Las demandas jurídicas descritas han sido aprovechadas por el sector privado vinculado al cultivo de camarón y al negocio inmobiliario para intimidar a las asociaciones campesinas y presionarlas a vender cuanto antes las tierras que detentan, para poder por lo menos recibir algún valor por las mismas, antes de un eventual desalojo.

En este contexto, algunas familias se han visto forzadas a vender las tierras a precios extremamente bajos, en comparación con su valor comercial. De esta manera, de acuerdo con las informaciones recibidas de la organización Tierra y Vida, el sector privado ha adquirido unas 1.024 has. Entre diciembre de 2021 y febrero de 2022. Dicha adquisición se traduce en que hoy la mayoría de las familias campesinas son económicamente desplazadas de sus medios de vida, producción y reproducción social, mientras unas pocas familias de las asociaciones “Patria Nueva” y “Extrabajadores” se resisten a dejar sus tierras viendo amenazada su subsistencia, sus derechos campesinos, su derecho a la libre asociación, y siendo condenadas a una permanente zozobra.

En cuanto a las presiones a las familias que aún no han vendido, las propuestas han sido rechazadas por los campesinos, quienes ratificaron a las personas que ejercen presión, que la tierra es su única fuente de vida y que, esos valores irrisorios no les permitiría subsistir el resto de sus vidas. Sin embargo, la campaña de hostigamiento para dividir a la comunidad con ofertas individuales continúa, manteniendo la presión.

La Sala, al ratificar el cuestionado fallo dl Juez Lituma agrava la situación de vulnerabilidad de los derechos campesinos de familias que cultivan las 413 hectáreas del predio que fueron de propiedad de las Compañías Mariva S.A. y Lamiper S.A. propiedad del grupo “Isaías” al saber que con su ejecución serían desplazadas forzosamente, afectando su derecho a la propiedad. La ejecución de la sentencia implicaría la confiscación de sus bienes e inversiones en infraestructura productiva, los cuales incluyen la mecanización del suelo, construcción de canales de riego y drenaje, viviendas y sedes sociales.

Además, la ejecución de la sentencia amenaza los derechos a la alimentación, a la nutrición adecuada, a la salud, educación y otros derechos conexos de las comunidades campesinas afectadas.

Por otra parte, este fallo expone a las comunidades a mayores riesgos del sector privado para obligarles a vender a precios irrisorios las tierras, bajo amenaza de desalojos, se rompe con la razón de ser de las organizaciones campesinas, aglutinadas en torno a la defensa de la tierra. De esta manera se afecta también su derecho a la organización y con su libertad de asociación.

FIAN Ecuador alerta que la Corte Provincial del Guayas tras negar la apelación que presentó el Estado y ratificar la sentencia del juez Lituma los derechos de las familias campesinas del predio Las Mercede serian violentados. La presencia de las familias campesinas garantiza no solo su soberanía alimentaria, sino que. Dado que el predio está a 20 minutos de Durán y 30 minutos de Guayaquil, los cultivos producidos en esta zona abastecen a la canasta básica a las familias que viven en el sector urbano, al ejecutarse el fallo del juez Lituma se produciría un desalojo y atentaría el derecho a la alimentación y soberanía alimentaria.

El Estado debe adoptar las medidas que permitan corregir el impacto adverso de la implementación del dictamen a fin de proteger los derechos de las asociaciones campesinas y que se dé curso para que el Ministerio de Agricultura y Ganadería pueda adjudicar las tierras a favor de las asociaciones campesinas que por más de quince años vienen cultivando y de obtienen el sustento familiar.

Documental: DESPOJADOS, LA LUCHA POR LA TIERRA

DESPOJADOS, LA LUCHA POR LA TIERRA, es una historia del desalojo violento e ilegal de tierras de que fueron objeto 44 familias campesinas, sin recibir por ello medidas compensatorias.
 
El caso de ASOMAC demuestra que el Plan de Tierras fracasó como política pública social. El Estado no tuvo la capacidad de proteger las garantías de posesión que había otorgado y adjudicó tierras ya ocupadas por legítimos poseedores.
 
El desalojo sufrido por las familias de ASOMAC afectó enormemente su economía, su estabilidad emocional, su fuente de trabajo. El estrés producido por este hecho también generó un aumento de la violencia en las familias.
 
A través de este mecanismo, el Estado promueve el enfrentamiento entre organizaciones campesinas, y así atenta contra su #DerechoDeAsociación.
 
DESPOJADOS, LA LUCHA POR LA TIERRA, es una producción del Colectivo Prodh, CoopDocs Cooperativa Audiovisual y FIAN Ecuador

 

Todo lo que necesitas saber sobre el III Sepi 2022

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Faltan pocas semanas para el inicio del III Seminario interdisciplinario permanente de investigación sobre territorios, ruralidades, interculturalidad, ambiente y alimentación en el Ecuador, también conocido como III SEPI 2022.

El III SEPI 2022 es una propuesta del Grupo Tierra, que busca contribuir a la institucionalización de un espacio permanente de intercambio, debate y enriquecimiento mutuo entre especialistas, organizaciones populares, activistas y promotores locales. Aspira también a fortalecer la integración de una comunidad de saberes atenta a la diversidad regional y capaz de vincular a investigadores de todo el país.

El evento se realizará en la ciudad de Esmeraldas este 4, 5 y 6 de octubre. La sede del III SEPI (2022) es la Universidad Técnica Luis Vargas Torres. El seminario se desarrollará en el campus Nuevos Horizontes.

 

Luego de una selección de ponencias por parte del comité científico del Grupo Tierra, se aprobaron las presentaciones para las 8 mesas temáticas, las cuales ponemos a consideración:

La asistencia en el III SEPI 2022 no tiene costo, pero si se requiere de certificado de asistencia: para estudiantes tiene un costo de 5 USD y para profesionales tiene un costo de 10 USD.

Para mayor información clic aqui

 

Crece el temor de desalojo en comunidades campesinas que ocupan predios incautados en 2008 a Hermanos Isaias

Por Red de Mujeres Rurales

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Familias campesinas que cultivan en el predio Las Mercedes que fueron incautadas en 2008 por la AGD al “GRUPO ISAÍAS” de los hermanos Roberto y William Isaías Dassum.    Predio de propiedad de las compañías LAMIPER S.A. de 965,4009 Has.; y, MARIVA S.A. 531,0997 Has., en el cantón Durán, provincia del Guayas, transferido en mayo de 2016 por  la UGEDEP al  MAGAP, para el proyecto de redistribución de tierras que ejecuta el Gobierno nacional, conocido como “Plan Tierras”, temen ser desalojadas.

Las familias campesinas agrupadas en las asociaciones “La Nueva Revolución”, “La Fe del Campesino”, “ASOVANCON”, entre otras se encuentran muy preocupadas sobre el impacto que está causando la implementación del dictamen CCPR/116/D/2244/201 del Comité de Derechos Humanos de la ONU ante la comunicación No. 2244/2013 presentada por los hermanos Roberto y William Isaías Dassum, cuyo objetivo es que el Estado debe asegurar que los procesos civiles pertinentes cumplan con las garantías en conformidad con el artículo 14(1) del Pacto y el dictamen que, no  ordena devolución de bienes, menos aún las tierras ocupadas de buena fe por las comunidades.

En efecto, si bien el párrafo 9 del dictamen solamente determina como medida de reparación el otorgamiento de recurso efectivo a los demandantes, el aparte que ordena la plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto han sido violados, está siendo interpretada como una orden de restitución de los inmuebles incautados, especialmente las tierras que a la actualidad están en manos de las familias campesinas. 

Con base al dictamen, en 2018 los hermanos Isaías presentan demanda de Medidas Cautelares en contra de INMOBILIAR y otras entidades que el Juez de la Unidad Judicial Norte 2 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Johnny Lituma declaró con lugar y ordenó abstenerse de enajenar.

En mayo de 2022, el mismo Juez transforma la Acción de Medidas Cautelares, en Acción de Protección y sentencia entre otras cosas: b) La restitución activos en general que fueron objeto del proceso de incautación ejecutado por el Estado, que es apelada por la Procuraduría General del Estado, Inmobiliar, Ministerio de Agricultura, que será resuelta por los Jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Guayas que, ha convocado una audiencia de estrados para el lunes 15 de agosto de 2022, a las 14h00.

En la medida en que las familias campesinas poseedoras de buena fe, tienen un vínculo existencial con estas tierras, dependiendo de ellas para el ejercicio de su derecho a una vida digna, a la soberanía alimentaria, a la alimentación y nutrición adecuada, al trabajo, a la vivienda, a la propiedad de la tierra, entre otros, su desalojo no solo causaría nuevas violaciones del PDCP sino también del PIDESC y la CEDAW.   El potencial de violación es más evidente, si dichas convenciones se interpretan en concordancia con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y otras Personas que Trabajan en Áreas Rurales (UNDROP, por sus siglas en inglés), adoptada por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 2018. Una devolución de esta naturaleza igualmente desconocería las Directrices Voluntarias en apoyo a la realización progresiva del Derecho a la Alimentación en el contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional (FAO 2004), así como de las Directrices Voluntarias Sobre la Gobernanza Responsable de la Tierra La Pesca y los Bosques (Comité de Seguridad Alimentaria, 2012), entre otros estándares internacionales.

En sus políticas para cumplir con sus obligaciones los Estados, en este caso Ecuador, debe dar prioridad a las comunidades que dependen de la tierra para ejercer su derecho a un nivel de vida adecuado, consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el PIDESC y otros instrumentos internacionales que la desarrollan y que van en concordancia con varios de los derechos garantizados en la Constitución. Esto incluye la adopción a la mayor brevedad posible y hasta el máximo de los recursos disponibles todas las medidas necesarias para dicho fin, incluyendo:

  • El reconocimiento y respeto a todos/as los/as titulares legítimos y sus derechos de tenencia, ya sea que sus derechos hayan sido registrados oficialmente o no, y el abstenerse de interferir en el ejercicio de sus derechos a la alimentación y a la tierra (obligación de respetar);
  • Proteger a las comunidades campesinas de cualquier ataque al ejercicio de sus derechos a la tierra y a la alimentación por parte de terceros no estatales (obligación de proteger)
  • La implementación de políticas públicas de redistribución de tierras dirigidas a familias que no cuentan con este recurso (obligación de garantizar),

En sus recientes Observaciones Finales para el Estado de Ecuador adoptadas el 18 de octubre de 2019 el Comité DESC recomienda al Estado Ecuatoriano en el párrafo 44:

“a) Adoptar medidas para prevenir y sancionar los responsables de desalojos forzosos y actos de violencia en contra de la población campesina y los pueblos indígenas, en torno al acceso y uso de la tierra;

b) Adoptar medidas para asegurar la redistribución de tierras a favor de la población más desfavorecidas”[1]

Con base a estos fundamentos solicitamos a los Jueces de la Sala revoquen la sentencia de primera instancia expedida por el juez Johnny Lituma y adopte las medidas que permitan corregir el impacto adverso de la implementación del dictamen, a fin de proteger los derechos de las asociaciones campesinas y dar curso a la redistribución de tierras en el MAG para que se les adjudique.

[1]E/C.12/ECU/CO/4 disponible en:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2fC.12%2fECU%2fCO%2f4&Lang=en   

 

Comunicado: El Derecho a la Alimentación en la agenda del Paro Nacional

Dentro de las demandas planteadas por los sectores indígenas, campesinos, sindicatos y defensores de derechos humanos, se denuncia como eje transversal una violación sistemática desde el Estado ecuatoriano al Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuada (DHANA), ahondada en el sector rural.

El DHANA, como señala la Observación General 12 del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU, “se ejerce cuando toda persona sea sola o en colectivo tiene acceso físico y económico en todo momento a la alimentación adecuada o a los medios para obtenerla”. En tal sentido, las demandas del Paro Nacional se vinculan con la exigibilidad del DHANA porque:

  • No más subida del Precio de los combustibles: esta medida tiene un impacto directo en la subida de los precios de los alimentos de la canasta básica familiar, afectando tanto a productores/as como a consumidores/as. La medida vulnera la accesibilidad física y económica a productos sanos para todos y todas, incluyendo aquellas personas y colectivos que, por una u otra razón, no estén en condiciones de producir sus propios alimentos.
  • Precios justos en los productos del campo: un eje fundamental para el ejercicio del derecho a la alimentación es garantizar condiciones dignas para quienes producen nuestros alimentos, proteger la agricultura familiar campesina e indígena que se encarga de producir el 60% de los alimentos que consumimos las familias ecuatorianas en el campo y la ciudad. Esta justa demanda del movimiento indígena se hace eco frente a la arremetida de la agroindustria y la mayor inversión desde el Estado para este modelo de producción que no genera empleo digno, no produce alimentos de calidad, destruye la naturaleza, enferma y promueve una mala nutrición.
  • Respeto a los 21 derechos colectivos: El derecho a la alimentación y los derechos colectivos se encuentra en estrecho vínculo por la relación que mantienen los pueblos indígenas con los alimentos, la tierra, los recursos y sus formas de organización. Actividades como la agricultura, la pesca, la recolección no solo que garantizan su derecho a la alimentación, sino que además fortalecen sus culturas, su identidad y vida social. De allí la importancia de que el gobierno responda a esta demanda, respetar sus derechos a la tierra y al territorio. Los pueblos indígenas necesitan tener el acceso y control de los recursos naturales en sus territorios caso contrario se atenta contra su autonomía alimentaria.
  • Moratoria de mínimo un año para que las familias paguen las deudas: más de 4 millones de familias requieren moratoria de mínimo un año y renegociación de sus deudas con reducción de las tasas de interés en el sistema financiero. Como ejemplo, los productores maiceros de la cuenca baja del Guayas, quienes durante años han venido soportando perdidas en sus cosechas debido a problemáticas fitosanitarias derivadas del modelo agrícola industrial, entrando en un espiral de endeudamiento sin control. El sistema financiero debe plantearse una flexibilización en sus tasa y modos de pago, los créditos deben ser otorgados considerando periodos de gracia de acuerdo al tipo de inversión.
  • No a la minería en territorios indígenas: se identifica una vulneración del derecho a la consulta previa libre e informada de las comunidades indígenas consagrado en la Constitución ecuatoriana. Atendiendo la interrelación e interdependencia de los derechos humanos, tiene como consecuencia la vulneración del derecho a la tierra y al territorio. El ejercicio efectivo del derecho de los pueblos indígenas a la alimentación depende fundamentalmente de su acceso a los recursos naturales de sus tierras ancestrales y su control de ellos, por cuanto con frecuencia se alimentan mediante el cultivo de esas tierras o la recolección de alimentos, la pesca, la caza o la pequeña ganadería. La confiscación de tierras sin el libre consentimiento, previo e informado, de los pueblos indígenas interesados y la falta de reconocimiento jurídico de las formas indígenas de propiedad de la tierra constituyen serios obstáculos al ejercicio efectivo del derecho a la alimentación.
  • Empleo y derechos laborales: de acuerdo a la encuesta nacional de empleo, desempleo y subempleo, 4 de cada 100 personas de la población económicamente activa no tiene empleo. Pese a una disminución de desempleo del 1,1% en comparación con el año anterior, se muestra un aumento del más de 60% de empleos precarios, sin duda esto significa una vulneración al derecho al trabajo digno de la población y con ello al derecho a la alimentación pues no tienen accesibilidad económica que les permita acceso a alimentos. Por otra parte, en el sector rural significa que el Estado debería proteger y garantizar el acceso a los recursos productivos para que las familias campesinas generen sus sistemas de alimentación para el autoconsumo y abastecimiento de alimentos a los mercados locales.
  • Presupuesto para salud y educación: Ecuador es el segundo país con índices más altos de desnutrición de América Latina y El Caribe y según el índice de pobreza extrema multidimensional (que identifica un conjunto de privaciones de derechos en los hogares en cuatro dimensiones: educación; trabajo y seguridad social; salud, agua y alimentación; hábitat, vivienda y ambiente sano) para el 2019 el promedio nacional (38,1%), zona urbana (22,7%), zonas rurales (71,1%). El derecho a la salud y la educación están interrelacionados con el derecho a la alimentación al igual que otros derechos. El Estado no este cumplimiento con los derechos económicos sociales y culturales, así como las recomendaciones que emitió en el año 2019 el Comité DESC en referencia a estas necesidades que son más urgentes en las zonas rurales donde se producen nuestros alimentos.
  • Políticas de control y especulación de precios: son los intermediarios y las grandes cadenas de producción quienes ejercen distorsión de precios y especulación en el mercado de los productos de primera necesidad, esto pone en riesgo a las economías de la AFCI y de los sectores populares, el Estado debería adoptar medidas que permitan acercar al productor y al consumidor, para evitar la especulación de los precios de los alimentos y que estos sean accesibles para todxs como un derecho humano y no como un bien comercial. De esta forma garantizamos que se reciban precios justo por la producción y venta a precios accesibles para la población, generando contacto directo entre ambos actores y un consumo social y ambientalmente responsable.

Es por ello que como FIAN Ecuador nos solidarizamos con las luchas campesinas, indígenas y de trabajadores y trabajadoras del país, y exigimos al Estado cumpla con su obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos incluso el derecho a la alimentación, y en el marco de las movilizaciones convocadas por el movimiento indígena el derecho a la resistencia y a la movilización social que está consagrado en nuestra Constitución y que debe ser percibido como un legítimo sentir popular ante la vulneración de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

El derecho de las familias campesinas a la tierra en la costa ecuatoriana: Más allá de un ofrecimiento de campaña.

El reconocimiento del derecho a la tierra para las familias productoras, dentro de la Declaración de los Derechos Campesinos del año 2018, genera un paraguas de inflexión en torno a las inequidades de acceso a la tierra y a la exigua respuesta que proporciona el Estado ante esta necesidad imperante. Ecuador a pesar de ser uno de los países que apoyó esta Declaración, en la práctica no ha generado políticas públicas que permitan a las familias campesinas, el disfrute y la realización de este derecho a plenitud. Prueba de ello, es que el país figura dentro de los índices de mayor inequidad en la distribución de la tierra en América latina.

El Informe, tiene como finalidad aportar desde una perspectiva de derechos y con elementos de análisis, a las organizaciones sociales que luchan por la tierra y la soberanía alimentaria, además de contribuir para reorientar las políticas públicas, hacia la redistribución equitativa de la tierra y de los bienes naturales para quienes más lo necesitan.

Este Informe, presenta en su primer capítulo, el marco internacional que ampara el derecho a la tierra para las familias campesinas, además de señalar la necesidad de ampliarlo y reconocerlo en la legislación nacional. En el segundo capítulo, se presenta el actual contexto nacional que vive el Ecuador, frente al escenario de un nuevo gobierno neoliberal y las implicaciones que este modelo tiene en la agudización de las inequidades rurales. En un tercer capítulo, se analizan las políticas agrarias a nivel nacional, en especial el Plan Tierras, con una breve reseña de los 12 años de su aplicación, remarcando sus deficiencias y contradicciones. Este análisis, está acompañado de una reflexión sobre las formas de despojo y mercantilización, tanto de la tierra como del campesinado.

Se presentan además, seis casos relevantes en los que se analiza las diferentes demandas por la tierra y las luchas de las organizaciones campesinas, frente a desalojos, usurpación y otras formas de despojo perpetradas tanto por instituciones públicas como privadas; analizan- do además los derechos que se han vulnerado frente a estas acciones. Así tenemos: el caso de ASOMAC, donde se muestra la inadecuada aplicación del Plan Tierras; el caso Rio Mar, en el cual se demuestra la expansión de los intereses inmobiliarios en territorios rurales; el caso Los Ángeles, que da cuenta de la presión de la agroindustria con expansión de empresas camaroneras de altura, que amenaza la propiedad de la tierra; el caso Comuna Santa Elena, las amenazas a las tierras comunales frente a intereses privados que hacen caso omiso a los derechos colectivos y obtienen títulos de propiedad a través de los gobiernos municipales que declaran los territorios ancestrales como tierras baldías; el caso Virgen de Fátima, el desalojo a varias familias campesinas con título de tierras, por intereses privados de supuestos herederos, a quienes se les legaliza la tierra de forma irregular y; el caso recinto La Estrella, una de las tantas forma de despojo de la tierra por los modelos de producción, desestructuración de recintos campesinos por el crecimiento de los modelos de producción agroexportador, bajo la compra-venta forzadas de tierras campesinas.

Finalmente, se plantean algunas conclusiones en el marco de los derechos de las familias campesinas, que pueden servir como recomendaciones tanto para el gobierno como para las organizaciones sociales, en miras de garantizar y ejercer los derechos humanos tanto a la tierra, a la alimentación y a otros derechos conexos.

Esta publicación, es la segunda de la Serie “Derechos Campesinos”, la cual pretende hacer lecturas políticas en el área rural, a la luz de la Declaración Internacional de la ONU sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales del 2018. Para las organizaciones responsables de este Informe, este instrumento internacional es un marco legal importante para abordar los temas rurales, los desalojos, las políticas anti-campesinas y la protección a las familias trabajadoras desde una perspectiva de derechos.

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Las Cadenas de los Agrotoxicos: Salud y Soberanía alimentaria en los territorios maiceros y arroceros del Ecuador

Para el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, el Derecho Humano a una Alimentación y Nutrición Adecuada (DHANA) es “inseparable de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas [...], orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos”. El uso y la exposición a los agrotóxicos tiene graves repercusiones en el DHANA, en la Soberanía Alimentaria, en los territorios y para las familias campesinas.

El DHANA, obliga al Ecuador a aplicar medidas de protección y exigencias en materia de seguridad y soberanía alimentaria, para velar por la inocuidad de los alimentos y la salud de quienes los producen. Sin embargo, en materia de gestión e implementación de políticas públicas, orientadas al cumplimiento y garantía de este derecho, el Ecuador ha realizado pequeñas y limitadas acciones, para promover políticas encaminadas a que los campesinos y las campesinas, no utilicen sustancias peligrosas como productos agroquímicos tóxicos, contaminantes agrícolas o industriales, menos aún en implementar mecanismos para evitar la exposición a ellos.

La Constitución del 2008, en su Art. 15 señala: “El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto”. A pesar de ello, la orientación del Estado, con el apoyo de las empresas fabricantes de agrotóxicos, ha fomentado y promocionado el uso de los mismos, en franca contradicción con la Constitución. Esta orientación, nos da indicios de la existencia de una alianza público-privada, que, al vulnerar los derechos humanos, puede ser vista como “Captura Corporativa”.

La Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Cul- turales (Red-DESC) define la Captura Corporativa como:

[...] las maneras en que una élite económica socava la realización de los derechos humanos y perjudica el medio ambiente, mediante el ejercicio de una influencia indebida sobre los encargados de tomar las decisiones en el ámbito nacional e internacional, y sobre las instituciones. En este sentido, la Captura Corporativa actúa como una causa de muchos abusos contra los derechos humanos por parte de las empresas.

La Captura Corporativa, se manifiesta a través de mecanismos como suavizar las leyes y los estándares de calidad, debilitar a las instituciones estatales regulatorias y de control, así como, los instrumentos que permiten garantizar, proteger y cumplir los derechos humanos.

El objetivo de este documento es aportar argumentos desde el DHANA y los Derechos Campesinos, que permitan la construcción de políticas públicas que apunten hacia una transición a un Ecuador libre de agrotóxicos. Para ello, nos apoyamos en datos obtenidos de comunidades campesinas encadenadas al cultivo del maíz duro y el arroz. En el capí- tulo I, se analiza la geopolítica de los mercados de agrotóxicos, las po- líticas públicas y la Captura Corporativa en Ecuador. En el capítulo II, se examina la situación de los Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAP), en los territorios campesinos vinculados con la producción de arroz y maíz duro. En el capítulo III, se establecen las condiciones actuales de la salud de las familias campesinas por el uso excesivo de agrotóxicos. El capítulo IV, corresponde a las conclusiones respecto a la Captura Corporativa y la problemática de los agrotóxicos en el marco del DHANA. Finalmente, en el Capítulo V, se presentan recomendaciones a la luz de los derechos campesinos, que deberían ser tomadas en cuenta, al momento de construir políticas públicas a favor de las familias campesinas y de la naturaleza que interactúa con ellas.

Esta publicación es la primera de la Serie “Derechos Campesinos”, la cual pretende hacer lecturas políticas en el área rural a la luz de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Campesinos, campesinas y de otras personas que trabajan en las zonas rurales del 2018. Para las organizaciones responsables de este informe, este instrumento internacional es un marco legal importante para abordar los temas rurales, los desalojos, las políticas anti-campesinas y la protección a las familias trabajadoras desde una perspectiva de derechos.

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Samán: El árbol de los derechos campesinos

Hoy 17 de abril, el Día Internacional de las Luchas Campesinas, saludamos todos los procesos de lucha campesina en Ecuador y el mundo que, a través de la persistencia, la perseverancia y la esperanza, han cosechado grandes victorias en los espacios multilaterales de gobernanza de la alimentación y a influir en el debate en apoyo a la Soberanía Alimentaria, la Agroecología y la Reforma Agraria Popular. Un ejemplo de ello es la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de lxs Campesinxs y de Otras Personas que trabajan en las Zonas Rurales (UNDROP por sus siglas en inglés) adoptada por la Asamblea General de la ONU.

En 2018, después de un largo proceso de negociaciones, se logró acordar un nuevo marco global para el desarrollo de legislación y políticas que atiendan las particularidades de los hombres y mujeres rurales, así como los territorios en los que habitan. Ecuador es parte de los signatarios, y a través de su firma asumió el compromiso para generar condiciones de dignidad y justicia social para los más de 5 millones de personas que habitan las áreas rurales. La declaración incluye evitar los desplazamientos, la discriminación de género, la contaminación, las semillas genéticamente modificadas, las políticas anti campesinas y la precarización laboral del campo.

La protección a las familias campesinas respecto del acaparamiento de tierras y de la imposición de proyectos que afectan sus territorios y la Naturaleza; y el desarrollo de los derechos económicos, sociales y culturales, para las poblaciones del campo, es otro de los avances que promueve la declaración.

La declaración da un marco para la interpretación y aplicación de varios de los derechos reconocidos por la Constitución de la República del Ecuador como: el derecho a la alimentación, a la tierra, al agua, a las semillas, a un ambiente sano, a la soberanía alimentaria y a condiciones de trabajo digno, entre otros.

Es de vital importancia para las comunidades rurales, conocer y reflexionar acerca de esta Declaración. Como FIAN Ecuador consideramos que los árboles que habitan los territorios campesinos, a través de sus ciclos vitales y ecológicos, nos enseñan formas para garantizar una vida digna, en armonía con nuestros vecinos y la naturaleza. Nos enseñan a vivir con derechos; y dentro del paisaje rural costero, ninguna especie destaca más para esta tarea como el Samán.

Por ello, en este día tan importante presentamos nuestra campaña: Samán, el #ÁrbolDeLosDerechosCampesinos; que, dentro de sus objetivos incluye:

  • Realizar una campaña informativa sobre el contenido de la Declaración de los Derechos Campesinos y la importancia del samán para las comunidades rurales y urbanas A través de la conservación y la protección de esta especie, el Estado pueda dar señales sobre el respeto a la Declaración de los derechos campesinos.
  • Declarar al Samán como el árbol de los Derechos Campesinos. Y a las familias campesinas como protectoras del Samán y de otras especies nativas con las que convive.

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Podemos llevar la información hacia tus territorios y/u organizaciones campesinas. Para más información puedes contactarnos a: info@fianecuador.org.ec ; o en nuestras redes sociales de Facebook, Instagram y twitter.

 

 

 

La COVID-19 en la agricultura familiar campesina. Efectos y secuelas de una pandemia multidimensional.

Con el inicio de la pandemia por la COVID-19, y después de las medidas iniciales de confinamiento en Ecuador, quedó claro que la crisis sanitaria iba a dejar impactos a mediano y largo plazo para diversos sectores sociales, entre ellos, el de la agricultura campesina e indígena. Desde los primeros días de confinamiento, este sector fundamental para la seguridad y soberanía alimentaria del país se enfrentó a condiciones difíciles.

Estas complejidades tienen que ver, por ejemplo, con el cierre de ferias campesinas y de mercados populares, con la falta de transporte para movilizar su producción, y también con la afectación al acceso a la salud y educación.

Frente a estas realidades, FIAN Ecuador, el Instituto de Estudios Ecuatorianos (IEE), el Observatorio del Cambio Rural (OCARU), la Unión Tierra y Vida y FIAN Internacional, juntamos esfuerzos para realizar un monitoreo de las afectaciones que la pandemia causaba a las agriculturas familiares campesinas e indígenas (AFCI). Esta articulación permitió realizar dos informes de seguimiento durante el año 2020. Ahora, después de casi dos años de iniciada la pandemia, nos hemos juntado nuevamente para presentar un tercer estudio que permita ver los efectos de la COVID-19 a mediano y largo plazo.

En el primer informe denominado De Quienes Nos Alimentan: Pandemia y Derechos Campesinos en Ecuador, publicado en mayo de 2020, se recogen las múltiples violaciones a los derechos campesinos que se dieron durante las primeras semanas de la pandemia. Estas violaciones tienen que ver, por ejemplo, con el derecho a la salud, la educación y el trabajo. Se recogen, principalmente, los efectos inmediatos y negativos que dejaron las medidas estatales para las economías campesinas y las familias rurales. El informe da cuenta de cómo las restricciones al transporte, el cierre de espacios de comercialización y el aumento relativo en el precio de los alimentos de familias rurales y urbanas afectaron las capacidades de producción, venta y consumo de alimentos, generando fuertes impactos a nivel de ingresos y acceso a comida. A esto se sumó la disminución en los ingresos extra-finca debido a los despidos masivos y a la reducción de los jornales en muchos rubros de la agroindustria, como parte de los resultados de las políticas de flexibilización laboral. Otro de los puntos centrales fue la confirmación de cómo se iban profundizando las desigualdades estructurales en las zonas rurales. Se muestra cómo a través de las políticas públicas y las alianzas público-privadas se favorece a la industria alimenticia dejando a un lado a la pequeña agricultura. Un ejemplo tangible de este favorecimiento se evidencia en los programas de entrega de kits alimenticios comprados en supermercados.

Otro de los hallazgos importantes fue en torno a las múltiples estrategias que aplicaron las comunidades rurales para enfrentar la emergencia sanitaria en un contexto de ausencia del Estado en sus territorios. Se resaltan las formas de control comunitario de los contagios, los protocolos de autoprotección, al igual que los tratamientos preventivos con medicina casera y aquellos direccionados a la cura de la enfermedad, pero también las prácticas solidarias como el intercambio de productos y la ayuda mutua. Se evidencia el crecimiento de varias redes de comercialización que comenzaron a entregar canastas agroecológicas a hogares urbanos para mitigar los efectos del cierre de mercados populares. Se señala también que la necesidad de recurrir a la solidaridad comunitaria, la autoprotección y la medicina casera, tiene relación con la violación al derecho a la salud por parte del Estado. Esto debido a la falta de acceso al sistema público por parte de las comunidades, la escasez de medicamentos en centros y subcentros de salud, y las distancias y malas vías que imposibilitan la llegada de las personas enfermas.

Finalmente, se alertó sobre la violencia y el aumento en la carga laboral de las mujeres rurales, quienes antes de la pandemia ya se veían expuestas a jornadas de trabajo especialmente extensas –entre trabajo remunerado y no remunerado–. Los efectos inmediatos de las primeras semanas de la pandemia vislumbraron que, con el encierro, las clases virtuales de los hijos, las hijas y los cuidados de personas vulnerables aumentaron las horas de trabajo no remunerado ejecutado por mujeres.

El segundo informe, publicado en agosto de 2020, denominado ¿Crisis Alimentaria en Ecuador? Nuestro derecho a la alimentación en tiempos de COVID-19, puso en el centro la pregunta sobre las posibilidades de una crisis alimentaria como consecuencia de las afectaciones a la agricultura familiar –constatadas en el primer informe–, y en el marco de alertas expresadas para el continente americano desde la Comisión Económica para América Latina CEPAL y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura FAO. Este segundo estudio partió de la primicia de la defensa del derecho a la alimentación en tiempos de pandemia, por lo tanto, nos guiamos por los cuatro ejes de análisis de este derecho: la disponibilidad, sostenibilidad, accesibilidad y la adecuabilidad de los alimentos.

Uno de los aspectos centrales a destacar fue que la falta de apoyo estatal a la agricultura familiar campesina, evidenciada durante los primeros meses de la pandemia, afectó de manera directa la disponibilidad y la sostenibilidad alimentaria en el país, debido a que lxs pequeñxs agricultorxs son la fuente más importante de alimentos frescos. Se identificó que el apoyo estatal estuvo dirigido, principalmente, a la agroindustria asegurando así su funcionamiento, sus ganancias e incluso su expansión. Esto tuvo impactos en el uso de la tierra y en los hábitos de consumo mediante la distribución de los alimentos ultra-procesados.

A mediano y largo plazo, se concluyó que el mayor riesgo para el acceso a una nutrición sana, suficiente y adecuada de una parte importante de la población es el aumento de los índices de pobreza.

Alertamos que los niveles de desnutrición infantil y de malnutrición que ya se encontraban en márgenes altos antes de la pandemia, pueden haberse incrementado debido a la caída de los ingresos de los hogares en el marco de la crisis socioeconómica. Esto se da debido a una relación directamente proporcional entre la calidad nutritiva de los alimentos y los niveles de ingresos. El informe concluyó que los riesgos en torno a la realización del derecho a la alimentación en el Ecuador recaen menos en el eje de la disponibilidad que en la accesibilidad, la sostenibilidad y la adecuabilidad. En este contexto, se señalaron los múltiples aportes que la agricultura familiar campesina realiza para cumplir con el derecho a la alimentación para todxs, lo que hace especialmente crítica la falta de apoyo a este sector clave.

Frente a estas constataciones expuestas en los dos informes de monitoreo sobre los impactos de la COVID-19 en la agricultura campesina, se generaron varias preguntas sobre cómo se seguirán desarrollando estas crisis y cuáles serían los efectos a mediano y largo plazo. Es en este sentido que, a casi dos años del inicio de la pandemia en el Ecuador, se hace necesario actualizar cómo se encuentra la agricultura familiar campesina en medio de las secuelas que ha dejado la COVID-19. En este terce informe hemos tenido la colaboración de las organizaciones del Comité de Agricultura Familiar Campesina Comunitaria Ecuador.

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