jueves, abril 25, 2024

4 voces por el Tratado vinculante

1.- Papel de Ecuador frente al Tratado Vinculante sobre empresas y DD.HH.

Pablo de la Vega, coordinador del Centro de documentacion de Derecho Humanos “Segundo Montes Mosso”, nos explica sobre la primacia de los derechos humanos al momento de abordar daños a la naturaleza y comunidades causadas por el ejercicio de las empresas; y porque debemos desmarcarnos como país de la construccion de planes voluntarios que incluyen mecanismos de reclamación carentes de independencia, imparcialidad y transparencia, para reubicar la postura de Ecuador en proporcionar soluciones satisfactorias, eficaces e integrales a las personas y comunidades afectadas y que logren una reparación efectiva.

2.- El retorno al CIADI y las contradicciones frente al Tratado sobre empresas y DDHH

Adrián Cornejo del Cdes, nos explica como la actual política nacional de gestionar acuerdos internacionales en materia de inversión y comercio, donde figura el retorno al CIADI, no incluye obligaciones sustantivas en materia de derechos humanos para las empresas trasnacionales de otros países; e invita a reflexionar sobre porque debemos exigir que esos objetivos de política doméstica no interfieran con el ejercicio de la Presidencia del Grupo de Trabajo y garanticen el cumplimiento estricto del contenido de la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el sentido de procurar obtener un instrumento de tipo vinculante.

3.-Inversión de la carga de la prueba como herramienta para evitar impunidad corporativa

Verónica Potes, abogada y profesora universitaria, parte de la Alianza por los Derechos Humanos en Ecuador, nos explica como unos de los aspectos que debe considerar el Tratado Vinculante es la inversión de la carga de la prueba. Es decir, que en lugar de que las víctimas sean quienes demuestran la violación de derechos sean las empresas y los estados quienes lo expliquen. También habla sobre la importancia de lograr responsabilidad en casos de violaciones de derechos en toda la cadena de valor hasta la empresa matriz. Ecuador debe garantizar el cumplimiento estricto del contenido de la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el sentido de procurar obtener un instrumento de tipo vinculante.

4.- Aspectos relevantes del racismo ambiental a ser considerados en Tratado Vinculante

Juanita Francis del Colectivo Mujeres de Asfalto, nos explica como el racismo ambiental implica reconocer la relación de la comunidad con el estado y con el agente contaminante. Además reconocer la implicación del despojo sobre los cuerpos de quienes son afectados; es decir, la desnaturalización del territorio de quienes transitan y habitan el territorio. En este sentido el Tratado Vinculante debe contemplar mecanismos de prevención, de reparación acorde con el daño y de sanción hacia los responsables por violaciones de derechos en los territorios. Ecuador debe garantizar el cumplimiento estricto del contenido de la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el sentido de procurar obtener un instrumento de tipo vinculante.

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