lunes, noviembre 25, 2024

Sobre el desalojo de familias campesinas de la asociación “Rio Mar” el 21 en medio de la emergencia sanitaria por COVID-19

COMUNICADO PÚBLICO SOBRE EL DESALOJO DE FAMILIAS CAMPESINAS DE LA ASOCIACIÓN RIOMAR EL 21 DE MAYO DE 2020 EN MEDIO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID19

Las medidas ordenadas por el gobierno nacional y los gobiernos locales para salvaguardar la vida de las personas en medio de la emergencia sanitaria por Covid19 han tenido serios impactos sobre la cotidianidad de las familias, su salud, su educación, su alimentación y su economía en general. Una población sobre la cual los impactos son aún más fuertes son las poblaciones rurales que, históricamente han sido abandonadas por el estado y suelen subsidiar la agricultura familiar campesina e indígena – AFCI a través de empleos informales. Durante el confinamiento y la pandemia, las comunidades indígenas, campesinas, montubias y afro han tenido que enfrentar el covid19 con remedios caseros para no ir a centros de salud distantes y colapsados. Deben salir atender los cultivos y los animales, también deben salir a comercializar, o intercambiar sus productos, lo que implica un riesgo elevado de contagio. Muchos de ellos no tienen los salvo conductos para movilizar los productos quedando así en manos de intermediarios. Las mujeres, además deben encargarse de la educación virtual a pesar de que muchos no cuentan con acceso a servicios básicos, menos internet. Como si todo esto no fuera suficiente, ahora, comunidades como la Asociación Agrícola RIO MAR, de la Parroquia Tarifa, Cantón Samborodón en la provincia del Guayas afrontaron un desalojo forzado y sin sustento legal.

37 familias campesinas de la Asociación RIO MAR han ocupado el predio de 166,79 hectáreas por más de 24 años y desde el 2009 cuentan con garantías de posesión vigentes otorgadas por el mismo Estado a través de la Subsecretaria de Tierras. De acuerdo a manifestaciones de las Familias de RIO MAR, los intentos de desalojo se han venido dando desde el año 2002, retomando esta acción con fuerza el miércoles 20 de mayo cuando la comunidad se encontraban cosechando el arroz. Llegaron, con maquinaria pesada, un grupo de presuntos compradores del predio y la fuerza pública, a tomar posesión del mismo. Cerraron vías de acceso y canales de riego atentando contra el derecho legítimo de los campesinos de permanecer en la tierra y cultivarla. El jueves 21 de mayo continuó el desalojo, ésta vez con mayor presencia de la fuerza pública y civiles dirigidos por los presuntos compradores del predio. Detuvieron a varios campesinos, entre ellos Danilo Fariño Zúñiga, Presidente de la Asociación, Albino Zúñiga socio de la organización y Presidente de la UNIÓN “TIERRA Y VIDA”, entre otros de la tercera edad. A la fecha no se tiene pruebas de que exista un título legal inscrito en el Registro de la Propiedad u orden de la autoridad competente para el desalojo.

Los artículos 15 y 17 de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos, las Campesinas y otras personas que trabajan en Áreas Rurales, los Estados, para la garantía del derecho humano a la alimentación, deben asegurar a los campesinos y campesinas el acceso, uso y control a la tierra (derecho a la tierra) y otros recursos naturales. Los Estados respetarán, protegerán y harán efectivos los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales (Art. 2) adoptando todas la medidas sean legales, administrativas o de otro tipo para garantizar la protección por parte de las autoridades competentes de todo acto de violencia, amenaza, represalia y discriminación que vaya en contra de campesinos o campesinas (Art.8), además de proporcionarles mecanismos eficaces para prevenir despojarlos arbitrariamente de sus tierras y recursos naturales o privarlos de sus medios de subsistencia donde además ejercen su derecho al trabajo, a la vivienda, al derecho a alimentarse adecuadamente y a la soberanía alimentaria (Art.12,13,15), esto va en consonancia con el artículo 13 de su propia constitución política, el Estado ecuatoriano y sus instituciones están obligados a respetar los derechos a la alimentación, a la tierra, al agua, a la vivienda y a la soberanía alimentaria de los/as campesinos/as de RIO MAR.

En este sentido en sus recientes Observaciones Finales para el Estado de Ecuador adoptadas el 18 de octubre de 2019 el Comité DESC ha recomendado al Estado Ecuatoriano en el párrafo 44:

“a)​Adoptar medidas para prevenir y sancionar los responsables de desalojos forzosos y actos de violencia en contra de la población campesina y los pueblos indígenas, en torno al acceso y uso de la tierra;
b)​Adoptar medidas para asegurar la redistribución de tierras a favor de la población más desfavorecidas”

Denunciamos el desalojo como un acto de abuso de poder ilegal e inconstitucional, violatorio a los derechos humanos, en especial de los derechos de los y las campesinas en medio de la emergencia sanitaria en la provincia con mayores números de contagiados y muertes. Por tanto:

• Exigimos la libertad inmediata de los campesinos detenidos. Exigimos y el retorno con todas las garantías y medidas de reparación para los campesinos.
• Solicitamos a la Ministra de gobierno abrir una investigación sobre la actuación de la fuerza pública y a INMOBILIAR, por ejecutar este desalojo sin contar con orden de autoridad competente.
• Adoptar todas las medidas urgentes y necesarias para frenar el desalojo y actos de violencia que violen los derechos humanos de los/as campesinos/as de RIO MAR.
• Investigar y sancionar a los funcionarios que han participado en actos dolosos en trámites de adjudicación de tierras.
• Que se respeten las garantías de posesiones emitidas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería a través de la Subsecretaria de Tierras, a favor de RIO Mar.

FIAN Ecuador
Mayo 22 de 2020
Más información: fian@fianecuador.org.ec

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